EL CORTE INGLÉS CONDENADO POR NEGAR EL DERECHO DE DESISTIMIENTO A UNA CONSUMIDORA
El Juzgado de Primera Instancia nº7 de Gijón ha dictado la sentencia nº139/2025, de fecha 5 de marzo de 2025, en el Juicio Verbal 1378/2024, estimando íntegramente la demanda interpuesta por una consumidora contra El Corte Inglés, S.A.. El procedimiento fue llevado a cabo por el despacho Antuña Abogados de Gijón, logrando la condena de la empresa al pago de 2.698 euros, más intereses y costas procesales.
El caso se inició cuando la demandante adquirió un iPhone 15 Pro Max por importe de 1.349 euros en el Centro Comercial El Corte Inglés de Gijón al detectar defectos de sonido en el terminal y ejerció su derecho de desistimiento dentro del plazo legal de 14 días. La empresa se negó a reembolsar el importe alegando que el teléfono había sido desprecintado.
El tribunal rechazó este argumento, dejando claro que el desprecinto de un teléfono móvil no impide el desistimiento, ya que no es un producto de higiene o salud. Además, un informe pericial confirmó el defecto del terminal.
El fallo aplica el artículo 76 de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, que establece la devolución duplicada del importe, en nuestro caso 2.693 euros, cuando el vendedor no respeta el desistimiento en plazo.
El juez calificó la conducta de El Corte Inglés como temeraria y de mala fe, imponiéndole el pago de las costas procesales.
Gracias a la actuación de Antuña Abogados, la consumidora ha visto reconocidos sus derechos y ha conseguido una sentencia favorable que refuerza la protección de los consumidores frente a las prácticas abusivas de grandes empresas.
En Antuña Abogados, seguimos trabajando para defender los derechos de nuestros clientes con compromiso y éxito.